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La Fiscalía Regional I del MPA solicitó a la Cámara Penal de Santa Fe la convocatoria a un Tribunal Pleno
La Fiscalía Regional I del MPA solicitó a la Cámara de Apelación en lo Penal de la Circunscripción Judicial Nº1 que convoque a un Tribunal Pleno. El pedido fue realizado por intermedio de una presentación escrita que hizo el Fiscal Coordinador de Unidades Fiscales, Jorge Nessier, a raíz de una instrucción del Fiscal Regional, Carlos Arietti.
De acuerdo con lo planteado en el documento, la Fiscalía le pide a los jueces de la Alzada que unifiquen sus criterios en relación a la forma de computar la pena correspondiente a los delitos en tentativa.
“Se busca realizar un aporte a la seguridad jurídica y, de esa manera, mejorar el funcionamiento el sistema procesal penal santafesino”, indicó Arietti. “La unificación de criterios jurisprudenciales brinda más previsibilidad a todos los operadores del sistema acerca de cómo aplicar la ley penal”, remarcó.
Única herramienta de unificación interpretativa
“El pedido que formulamos parte de la ambigüedad de la redacción del artículo 44 del Código Penal de la Nación, que establece que ‘la pena que correspondería al agente, si hubiera consumado el delito, se disminuirá de un tercio a la mitad’”, informó Nessier.
El fiscal del MPA planteó que “desde la entrada en vigencia del sistema procesal penal oral y adversarial, los jueces y la jueza de la Cámara Penal de Santa Fe tuvieron diversos criterios respecto del cómputo de la pena en los casos de delitos que quedan en grado de tentativa”.
“De hecho, uno de los últimos acuerdos surgidos de un Tribunal Pleno de la Cámara Penal de Santa Fe fue hace más de 20 años”, recordó Nessier y añadió que “ya perdió vigencia a raíz de que se cumplió el plazo legal establecido”.
El Fiscal Coordinador también señaló que “los últimos proyectos de reforma integral del Código Penal, incluyendo el que actualmente cuenta con estado parlamentario, zanjaron la cuestión”.
Asimismo, manifestó que esas iniciativas establecieron una pauta que evita toda ambigüedad y, tal como solicitó el MPA en su requerimiento, que el plenario se convierta en la única herramienta de unificación interpretativa hasta que se concrete una reforma normativa al respecto.
¿Qué es el Tribunal Pleno?
El Tribunal Pleno es un mecanismo contemplado en la Ley Orgánica de los Tribunales, tendiente a que las distintas Salas que conforman una Cámara –de cualquier fuero– acuerden unificar criterios respecto de materias en las cuales existen fallos discordantes entre sus integrantes. Los resultados de estos acuerdos de unificación de criterios tienen vigencia obligatoria para los tribunales de la jurisdicción respectiva durante cinco años, salvo que fueran modificados antes de dicho plazo.
“Se trata de una herramienta idónea, tendiente fundamentalmente a que la administración de justicia sea aplicada de manera uniforme para todos los ciudadanos, sin perjuicio de la razonable discrecionalidad de criterios que pueda mediar en cada caso y en cada tribunal”, consideró Nessier.
El fiscal del MPA también sostuvo que “desde la entrada en vigencia del nuevo Código Procesal Penal, ninguna Cámara Penal de la provincia emitió un fallo pleno, algo que sí era frecuente antes de 2014”. En tal sentido, remarcó que “ante esta situación, la Corte Suprema de Justicia de la provincia debió recurrir a publicaciones oficiales en las que aparecen contenidas esas resoluciones emanadas de los Plenos”.