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Condenaron a un hombre por contactar a dos adolescentes por Whatsapp con intenciones de atentar contra su integridad sexual
El dia martes 31 de octubre de 2023 finalizó el Juicio Oral de la Fiscalía Regional Segunda, donde el Tribunal de Juicio unipersonal integrado por el Juez de Primera Instancia Roman Lanzón resolvió condenar a Martin B., a la pena de 3 años de prisión de ejecución condicional por el delito de grooming, en dos oportunidades, en calidad de autor, en concurso real y en grado consumado. El Ministerio Público de la Acusación estuvo representado en el debate por la Fiscal Dra. Luciana Vallarella de la Unidad de Delitos Contra la Integridad Sexual, quien había solicitado la pena de 4 años de prisión efectiva. Misma pena había solicitado la querella del Club Atlético Newell 's Old Boys.
Los hechos atribuidos
El Juicio Oral tuvo su comienzo el lunes 23 de octubre de 2023, cuando la Fiscalía expuso la teoría del caso, atribuyéndole al condenado el delito de grooming que consiste en contactar a un menor de edad por medios electrónicos con el propósito de atentar contra su integridad sexual del menor. En particular, se le endilga a Martin B., en primer lugar haber contactado telefónicamente a un adolescente, sabiendo que era menor utilizando el servicio de WhatsApp.
Presentándose con nombre falso (Martín Lucero), aludiendo ser masajista deportivo y ofreciéndole realizar una sesión de masajes a cambio de $200, solicitando el contacto de otros compañeros del menor y proponiéndole encontrarse en un lugar fuera de la pensión del club Newell's Old Boys donde el menor vive.
El acusado además, manifestó que se encargaría de conseguir en la ciudad de Rosario el lugar para encontrarse, insistiendo en que mintiera en el club diciendo que iba a un cumpleaños. Hechos realizados desde mayo hasta junio de 2019.
Se le atribuyó también haber contactado a otro menor de 15 años de edad, en el periodo desde mayo hasta junio del 2019, del mismo modo anteriormente descrito.
El acusado fue detenido el jueves 7 de junio de 2019 a las 18:00hs en zona de calle Santa Fe al 3200 de la Ciudad de Rosario en un encuentro pactado por integrantes de la Policía de Investigación y Fiscalía, haciéndole creer que se encontraría con los menores de edad. Posteriormente transitó el proceso judicial en libertad.
Reglas de conducta
El magistrado impuso en su veredicto una serie de reglas de conducta que deberán ser cumplidas por el mismo plazo de la condena.
Específicamente el condenado deberá fijar residencia, someterse al cuidado y control del Patronato de Liberados Bonaerense, abstenerse de usar estupefacientes o de abusar de bebidas alcohólicas, adoptar oficio, arte o profesión, aclarándose que implica la imposibilidad de continuar en contacto con niños, niñas y adolescentes ofreciendo servicios de masajes de ningún tipo, someterse a un tratamiento psicológico, prohibición de contacto de todo tipo, electrónico, llamadas de telefono, servicio de mensajería instancia, redes sociales, etc, con personas menores de edad ya sea por sí o por interpósita persona u ocultando su verdadera identidad, prohibición de todo tipo de contacto y de acercamiento con las víctimas y prohibición de acercamiento a pensiones o residencias de instituciones deportivas a las que concurran personas menores de edad.