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Se revocó la condicionalidad de la pena impuesta a un hombre por un homicidio culposo atento al quebrantamiento de la inhabilitación para conducir
Se revocó la condicionalidad de la pena impuesta a un hombre, identificado como L.C de 65 años, por causar el fallecimiento de la víctima en un siniestro vial, atento al quebrantamiento de la inhabilitación dispuesta en la condena. En audiencia de Ejecución Penal el día jueves 8 de agosto de 2024, la Fiscal, Dra. Gabriela Bassagaisteguy de la Unidad de Ejecución Penal, solicitó la revocación de la condicionalidad de la pena impuesta para L.C.
El Juez de Ejecución Penal Dr. Rafael Coria resolvió hacer lugar a la pretensión de la Fiscalía, revocando la condicionalidad de la pena impuesta mediante procedimiento abreviado atento a que el mismo se encontraba en fecha 13 de febrero de 2024 en la ciudad de Arroyo Seco, conduciendo un motovehículo sabiendo que tenia una inhabilitación para hacerlo. Se ordenó su inmediato alojamiento en una Unidad Penitenciaria para el cumplimiento en prisión efectiva de la pena.
En fecha 18 de octubre de 2023 se condenó a la pena de 2 años de prisión de ejecución condicional y reglas de conducta por el delito de Homicidio Culposo por conducción de vehículo con motor.
En dicha condena se establecieron entre las reglas de conducta la inhabilitación para conducir cualquier vehículo con motor por el plazo de 6 años.
El hecho atribuido ocurrió el día 5 de noviembre de 2015 cuando el acusado circulaba a bordo de camión Ford 1416 con acoplado, y en calle Buenos Aires y Biedma de la ciudad de Rosario, y de manera imprudente, negligente y antirreglamenetaria, al trasponer calle Biedma embiste a la victima, Sabrina Otero, causando su fallecimiento.